Medio ambiente
Introducción Medio ambiente
Bases para Titulado/a medio Depuración
Titulado/a medio depuración
Con el objetivo de garantizar la igualdad, mérito y capacidad en el acceso a Canal de Isabel II, S.A., M.P., se publican las presentes bases específicas que regirán el proceso selectivo para la cobertura del siguiente puesto:
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Puesto: Titulado/a medio depuración Plazas: 3 Turno: Nuevo ingreso |
Este proceso se desarrollará bajo la modalidad de concurso-oposición, conforme a la normativa vigente y a las bases generales, cuya publicación ha sido anunciada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Las bases específicas detallan los requisitos de participación, el perfil del puesto, el procedimiento de selección con la estructura de las pruebas, así como los criterios de valoración tanto en la fase de oposición como en la fase de concurso. Asimismo, se incluyen las disposiciones relativas a la presentación de solicitudes, plazos, documentación exigida, tribunal calificador, actividades a desarrollar, conocimientos necesarios y demás aspectos necesarios para garantizar la transparencia y objetividad del procedimiento.
La estructura de las bases específicas es la siguiente:
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y PERFIL DEL PUESTO
- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
- TRIBUNAL CALIFICADOR
- CONOCIMIENTOS NECESARIOS
- ACTIVIDAD A DESARROLLAR
La finalidad del proceso selectivo es incorporar profesionales cualificados que contribuyan al cumplimiento de los fines y objetivos de Canal de Isabel II S.A., M.P. (en adelante “Canal de Isabel II”, “Canal” o “Empresa”), asegurando la prestación de un servicio público eficiente y de calidad.
Como Canal de Isabel II, nuestro propósito es claro: “Cuidar el agua y garantizar un futuro sostenible para la Comunidad de Madrid”. Este compromiso guía cada una de nuestras decisiones y nos impulsa a ofrecer un servicio innovador, eficiente y responsable con las personas y el medioambiente
Somos conscientes de que el agua es un recurso vital y nuestra responsabilidad va más allá de su gestión. Nuestra labor tiene un impacto directo en la calidad de vida de las personas, en la preservación del medioambiente y en el desarrollo sostenible de la región.
Nuestros profesionales son la corriente de agua que impulsa nuestra misión.
¿Te animas a formar parte de Canal de Isabel II?
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y PERFIL DEL PUESTO
Podrán participar en el proceso selectivo aquellas personas candidatas que cumplan los requisitos mínimos que se establecen en las bases generales y en las presentes “Bases específicas”.
Quedarán excluidas del proceso selectivo las candidaturas que no cumplan alguno de los requisitos mínimos fijados en dichas bases generales o en estas bases específicas y, en particular, los que no acrediten la titulación requerida en el presente apartado.
Dichos requisitos deberán ser cumplidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la formalización del contrato.
Nombre del puesto: Titulado/a medio depuración
Número de plazas:
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PROCEDIMIENTO |
PLAZAS |
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Nuevo ingreso |
3 |
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Total |
3 |
Jornada: La plaza se ajustarán a la jornada continuada de mañana de lunes a viernes.
Lugar de trabajo: Ámbito territorial de aplicación del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.
Retribución anual: A fecha de publicación de estas bases específicas, la retribución fija anual es de 38.970,32 €.
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GRUPO PROFESIONAL |
SUBGRUPO |
ÁREA FUNCIONAL |
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Titulados universitarios |
B |
Técnica |
Complementos variables adicionales (progresivos hasta un 15,5%*):
- Incentivo de productividad
- Complemento por desempeño
- Complemento por objetivos
*Se aplicarán conforme a lo establecido en el Título V “Retribuciones económicas” del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.
Titulación requerida: Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones medias (MECES 2):
- Grado en Ingeniería Civil (o ingeniería técnica de obras públicas del anterior plan).
- Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales (o ingeniería técnica industrial del anterior plan).
- Grado en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
- Grado en Ingeniería Eléctrica.
- Grado en Ingeniería Mecánica.
- Grado en Ingeniería Química.
- Grado en Biología.
- Grado en Ciencias Ambientales.
- Grado en Recursos Hídricos
o
- Titulación equivalente o la homologación correspondiente.
*Se admitirán titulaciones superiores de la misma rama exigida.
Carné de Conducir: Carné de conducir B en vigor
- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
- SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
La inscripción en el proceso selectivo se realizará conforme a lo indicado en las bases generales. Las personas candidatas presentarán su solicitud de participación a través de la página web de procesos selectivos de Canal de Isabel II, S.A., M.P.:
https://convocatoriascanaldeisabelsegunda.es
El plazo de admisión de solicitudes finaliza a las 23:59 horas del día 21 de septiembre de 2026, no admitiéndose ninguna solicitud posterior a dicha fecha. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la no admisión de la candidatura.
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- ADMISIÓN DE ASPIRANTES Y CONVOCATORIA DE PRUEBAS
Todos los aspirantes recibirán en su correo electrónico la confirmación de la inscripción en el proceso selectivo. En él, se les asignará su número de identificador de candidatura para los comunicados públicos que se hagan en las distintas fases del proceso.
Tal y como establecen las bases generales, una vez finalizado el plazo de inscripción, se revisará la documentación aportada por las personas candidatas para comprobar la acreditación de los requisitos, determinando el estado de cada candidatura. Tras esa revisión, se hará público a través de la web de procesos selectivos (en el apartado “CALENDARIO” del proceso selectivo en concreto) el listado provisional de admisión, donde se podrá comprobar el estado de la candidatura.
Si alguna de las personas interesadas no hubiera acreditado el cumplimiento de los requisitos o no figurase en el listado de admisión, dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación para subsanar, si procede, el defecto que haya motivado su exclusión a través de su “Área candidat@”.
Finalizado el plazo de subsanación de requisitos, se publicarán los listados de admisión con carácter definitivo.
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- FASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección constará de las siguientes fases, en el orden que se indica:
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FASES |
PUNTUACIÓN MÁXIMA |
CARÁCTER ELIMINATORIO |
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Ejercicio tipo test |
10 puntos |
Sí |
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Evaluación de potencial y competencias |
5 puntos |
Sí |
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Valoración de méritos |
2,5 puntos |
No |
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Total |
17,5 puntos |
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El lugar, día y hora de celebración del ejercicio tipo test se publicará con una antelación mínima de siete días hábiles.
- Ejercicio tipo test
Permitirá evaluar tanto los conocimientos teóricos generales relacionados con el puesto, como la aplicación de los mismos en el ejercicio profesional. Esta prueba será obligatoria para todas las candidaturas admitidas.
Tendrá carácter eliminatorio, valorándose en concordancia con el sistema de puntuación correspondiente. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (5 puntos) para superarla.
Consistirá en realizar un cuestionario tipo test que evaluará los conocimientos relacionados con los conocimientos mínimos requeridos, atendiendo a lo señalado en el apartado “conocimientos necesarios” de las bases específicas, y estará basada en la bibliografía facilitada en la misma para la preparación de la prueba. El cuestionario estará compuesto de 100 preguntas con 3 alternativas de respuesta y una sola respuesta correcta, en las que el sistema de puntuación será:
- Cada respuesta correcta será puntuada con 1 punto.
- Cada respuesta incorrecta penalizará 0,3 puntos.
- Las preguntas no contestadas no puntúan ni penalizan.
La puntuación del ejercicio se calculará mediante la siguiente fórmula: Puntuación ejercicio tipo test = nº de aciertos - (nº de errores3)10
Con carácter general, en el cuestionario test se incluirán 10 preguntas adicionales de reserva, ordenadas de la 101 a la 110, que servirán para sustituir, si procede, preguntas que pudieran ser anuladas (*).
* Cuando resulte necesario anular un número de preguntas superior al de las 10 preguntas de reserva establecidas, la calificación final de la prueba se obtendrá recalculando la puntuación en proporción al número de preguntas válidas restantes.
No obstante, si el número total de preguntas válidas fuese inferior a 80, el cuestionario se considerará nulo, quedando sin efecto los resultados obtenidos. En tal caso, se procederá a la realización de un nuevo ejercicio tipo test.
La duración máxima para la realización de este ejercicio será de 2 horas y 30 minutos. Al finalizar el examen, las personas candidatas conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la asistencia y la posterior comprobación de la realización del ejercicio.
Las candidaturas admitidas deberán presentarse en el lugar y hora publicados, siendo la no asistencia motivo de exclusión del proceso selectivo. Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia, pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico encendido (móvil, tableta, calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), considerando causa de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Tras la publicación del listado provisional de resultados de este ejercicio, las personas candidatas dispondrán de un plazo de dos días hábiles para presentar reclamaciones ante el tribunal calificador sobre las preguntas del ejercicio que consideren incorrectas. Las reclamaciones se presentarán siguiendo el modelo que será facilitado, y se enviarán mediante el apartado de reclamaciones que se habilitará durante ese periodo en el área de candidat@.
Ante las resoluciones del tribunal calificador se podrá reclamar en segunda instancia ante la dirección en el plazo de dos días hábiles. Durante este periodo sólo se admitirán reclamaciones sobre aquellas preguntas que hayan sido previamente reclamadas en primera instancia ante el tribunal calificador.
Todas las candidaturas aptas que superen esta fase del proceso selectivo deberán realizar las pruebas de evaluación de potencial y competencias.
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- Evaluación de potencial y competencias
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Se incluye esta evaluación para garantizar la correcta adecuación de las candidaturas por requerir el colectivo de especia responsabilidad, capacidad para el manejo de equipos o superior especialización.
Se establece, por tanto, una evaluación de potencial y competencias que constará de las siguientes fases:
- Prueba psicotécnica: consistirá en la realización de un cuestionario tipo test de evaluación de competencias. Dicho test será realizado mediante una plataforma externa especializada en el ámbito de los recursos humanos para la evaluación psicológica que permita asegurar que cuenta con las garantías técnicas de fiabilidad y validez.
- Entrevista personal: consistirá en la realización de una entrevista personal de evaluación de competencias. Dicha entrevista se realizará por profesionales formados en la materia de evaluación de personas.
Estas pruebas medirán el grado o nivel de desarrollo de las personas candidatas en las competencias establecidas para el perfil evaluado, según el nuevo modelo de competencias de Canal.
Ambas pruebas se realizarán de manera independiente, en distintos días y modalidades.
- Primero, se realizará la prueba psicotécnica de manera conjunta con todas las candidaturas que hayan superado las fases anteriores del proceso. La convocatoria a esta prueba podrá realizarse de manera unificada con otros procesos selectivos activos similares por causas organizativas. El día, lugar y hora de realización de la prueba se informará pertinentemente a las personas participantes mediante convocatoria oficial, siendo la no asistencia motivo de exclusión del proceso selectivo. La duración media de esta prueba se encuentra entre los 30 y los 60 minutos, no existiendo tiempo máximo.
- Posteriormente, se realizará la entrevista personal de manera individual a aquellas personas que hayan realizado la prueba psicotécnica. Esta entrevista tendrá la modalidad de entrevista semiestructurada por incidentes críticos. El día, lugar y hora de realización de la entrevista, así como la persona responsable de realizar la misma, se informará pertinentemente a las personas participantes mediante convocatoria oficial. Esta entrevista tendrá una duración máxima de 1 hora y media. La no asistencia el día y hora convocados conllevará la exclusión del proceso selectivo.
El resultado de la evaluación de potencial y competencias en su conjunto se calculará mediante la media de la puntuación obtenida en ambas fases. Esta evaluación será de carácter eliminatorio, siendo necesario obtener una puntuación del 50% para superarla. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 5 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (2,5 puntos) para superarla.
- Valoración de méritos
Esta valoración reconocerá la experiencia vinculada a las funciones propias del puesto convocado, asignando una puntuación tanto a la experiencia directamente relacionada con las funciones del puesto ofertado como a otras experiencias profesionales que puedan considerarse afines.
Se realizará únicamente sobre candidaturas vigentes y no tendrá carácter eliminatorio. La puntuación obtenida en esta fase se sumará a las anteriores, conforme al sistema de puntuación establecido. En este caso, esta fase tendrá un valor máximo de 2,5 puntos, no habiendo puntuación mínima al no ser eliminatoria.
La fecha a considerar para la valoración de méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes indicado en estas bases específicas. Los factores valorables son los siguientes:
- Experiencia profesional: Experiencia profesional en administraciones y entidades públicas o privadas siempre y cuando se hubieran desarrollado funciones análogas a las del puesto convocado: 0,05 puntos por mes completo trabajado, o la parte proporcional en los periodos inferiores al mes.
La experiencia profesional a valorar en el presente proceso selectivo será la siguiente:
- Experiencia como titulado/a medio de alguna de las titulaciones indicadas en el pto. 1 de este documento, realizando tareas relacionadas con la explotación y mantenimiento de EDAR (Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales) y/o la elaboración de Pliegos de Bases para contratos relacionados con la Explotación y Mantenimiento de EDAR dentro del marco de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
La acreditación de dicha experiencia profesional se realizará mediante la documentación relacionada en las bases generales. Esta documentación constará, generalmente, de (consultar el detalle de esta documentación a presentar en las bases generales):
- Informe de vida laboral actualizado.
- Currículum vitae.
- Certificado expedido por la empresa en la que se haya trabajado*.
* No será necesario acreditar (sí indicar en la solicitud) la experiencia obtenida en Canal de Isabel II por figurar ya en los archivos de la Empresa.
Esta documentación se solicitará únicamente a las personas candidatas que hayan superado el resto de las fases anteriores del proceso. Podrá adjuntarse a través del apartado de reclamaciones que se habilitará durante determinado periodo en el área de candidat@. De este periodo, las candidaturas vigentes serán informadas mediante correo electrónico y mediante su área de candidat@. No se admitirá documentación por ninguna otra vía que no sea la establecida a tal fin.
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- RESOLUCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO
Desde la finalización de la última fase del proceso selectivo se hará pública la relación de candidaturas aprobadas con indicación de las propuestas para cubrir las plazas vacantes convocadas, en un plazo no superior a diez días hábiles. Las plazas serán adjudicadas a los aspirantes que, sumadas las calificaciones de las diferentes pruebas superadas, hayan obtenido la mayor puntuación.
En caso de igualdad en las puntuaciones finales se aplicarán sucesivamente los criterios de desempate recogidos en el artículo 47.3 del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P., así como en las bases generales.
El destino de las plazas lo elegirán los aspirantes según el orden final del proceso selectivo y el número de plazas disponibles. No podrán proponerse más personas candidatas que plazas. La incorporación a los respectivos destinos se producirá en el plazo máximo de dos meses desde la publicación de la relación de candidaturas aprobadas propuestas para cubrir las plazas convocadas.
Esta incorporación se producirá en el grupo profesional, área funcional, subgrupo y puesto señalados en el perfil del puesto que se establece en las presentes bases.
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- LISTA DE ESPERA
Las candidaturas que, habiendo superado las diferentes pruebas, no tengan adjudicada plaza, pasarán a formar parte de una lista de espera, la cual será pública, y se comunicará al comité de empresa.
El orden ocupado en esta lista de espera lo determinará la puntuación obtenida en la resolución publicada del proceso selectivo.
Tendrá una vigencia de quince meses desde la publicación de la resolución del proceso selectivo y se utilizará para la cobertura de vacantes de igual grupo profesional e igual puesto de trabajo y especialidad que la vacante convocada.
Cada vez que se realice el aprovechamiento de esta lista de espera, se publicará el documento actualizado marcando el estado actualizado de la misma, permitiendo a las candidaturas conocer su posición.
Para poder acceder a las nuevas plazas ofertadas, las candidaturas en lista de espera deberán poseer los requisitos de participación en el momento de formalización del contrato.
- TRIBUNAL CALIFICADOR
El tribunal calificador que se encargará de la realización y evaluación de las pruebas del ejercicio tipo es el siguiente:
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TITULARES |
SUPLENTES |
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Presidente/a |
María García González |
Mª Victoria Salas San Martín |
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Vocal |
Fco. Javier Honorato Mata |
María Gómez Mayoral |
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Vocal[MG1] |
Elena Alías Pineda |
Sandra Álvarez Collar |
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Vocal |
Carlos Tomé Sánchez |
David Martín García |
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Vocal |
Félix Moreno Solórzano |
Luis Lozano Díaz |
- CONOCIMIENTOS NECESARIOS
Se facilita la siguiente normativa, legislación, libros y páginas webs detalladas con los conocimientos mínimos necesarios para preparar el ejercicio tipo test. Se deben contemplar toda la revisión y modificaciones asociadas a cada documento indicado en estas bases, con respecto a la reglamentación se deberán tener en cuenta los textos consolidados.
- INSTALACIONES DE DEPURACIÓN, DISEÑO, FUNCIONAMIENTO Y MANTENIMIENTO:
- Depuración de aguas residuales.
METCALF & EDDY, “Ingeniería de las aguas residuales, tratamiento vertido y reutilización”, McGraw-Hill, 1998.
- Manual para implantación de sistemas de depuración en pequeñas poblaciones.
- Eliminación de nutrientes.
https://oa.upm.es/746/1/04199702.pdf
- Depuración biológica de las aguas residuales.
https://www.tdx.cat/bitstream/handle/10803/5909/08Mjkm08de18.pdf;sequence=8
http://www.bibliotecagbs.com/archivos/facsa4.pdf
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-14276&p=20220409&tn=6
- Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas y sus modificaciones posteriores.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1986-10638
- Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril; el Reglamento de la Administración Pública del Agua, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio; y el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-18806
- Ley 10/1993 de 26 de octubre de la Comunidad de Madrid sobre vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-31103
- Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1995-27963
- DIRECTIVA (UE) 2024/3019 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de noviembre de 2024 sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2024-81831
- Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1996-7159
- Sección III. Medidas para la protección del estado de masas de agua, del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-3511
- Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo 2023-2027.
- Decreto 170/1998 (Madrid), de 1 de octubre, sobre gestión de las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de Madrid.
Oficina virtual Canal de Isabel II
- Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1990-26490
- INSTALACIONES DE TRATAMIENTO TERCIARIOS:
- Tratamientos terciarios, diseño, funcionamiento y mantenimiento.
https://www.tecnicaindustrial.es/wp-content/uploads/Numeros/83/1734/a1734.pdf
METCALF & EDDY, “Ingeniería de las aguas residuales, tratamiento vertido y reutilización”, McGraw-Hill, 1998.
- Real Decreto 1085/2024, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de reutilización del agua y se modifican diversos reales decretos que regulan la gestión del agua.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-21701
- LEGISLACIÓN AMBIENTAL Y DE GESTIÓN DE RESIDUOS.
- Ley 10/1993 de 26 de octubre de la Comunidad de Madrid sobre vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-31103
- Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron, En la Comunidad de Madrid es de aplicación la Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid).
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2008-2486
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-12043
- Ley 21/2013 de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12913
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-5809
- Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
wleg_pub - Comunidad de Madrid - madrid.org
- Resolución de 10 de julio de 2006, de la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad, por la que se declaran las Zonas Sensibles en las Cuencas Hidrográficas Intercomunitarias.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2006-13748
- Legislación sobre la contratación pública y la referente a la contratación de los sectores del agua y energía. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) y anteriores Ley 32/2006 o Real Decreto 1098/2001.
- LEGISLACIÓN INDUSTRIAL APLICABLE (RSIF, RITE, APQ, EQUIPOS A PRESIÓN, REBT, RAT, REP, PCI …) INSPECCIONES INDUSTRIALES. EQUIPOS MECÁNICOS EN EDAR. INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE ALTA Y BAJA TENSIÓN. PROTECCIONES Y MANIOBRAS ELÉCTRICAS. INSTRUMENTACIÓN Y AUTOMATIZACIÓN EN EDAR (INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN, INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN, CENTROS TRANSFORMACIÓN, CCM, INSTRUMENTOS DE CAMPO, PLC, SCADA…)
- Real Decreto 186/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2016-4442
- Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-18634
- Real Decreto 902/2018, de 20 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, y las especificaciones de los métodos de análisis del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, y del Real Decreto 1799/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-10940
- Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-16407
- Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2025-7190
- Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-6606
- Normativa de puertas industriales, comerciales, y de garaje y portones. UNE-EN 13241 “Puertas y portones industriales, comerciales, de garaje. Norma de producto, características de prestación”. UNE-EN 13241:2004+A2:2017 Puertas industriales, comerciales y ...
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-18099
- Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-6084
- Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-8755
- Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-12099
- Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-11881&p=20010621&tn=6
- Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-15345
- Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1997-17824
- Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-4572
- Real Decreto 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-13681
- R.D. 2291/1985 de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-25787
- CONTRATACIÓN PÚBLICA:
- LEY 9/2017, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-12902
- RESOLUCIONES AL RESPECTO DE CONTRATOS CON CANAL DE ISABEL II (en todos sus ámbitos jurídicos) DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BUSCADOR DE RESOLUCIONES | tacp
- ORDEN HFP/1298/2017, DE 26 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE PUBLICAN LOS LÍMITES DE LOS DISTINTOS TIPOS DE CONTRATOS A EFECTOS DE LA CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2018
- DECRETO 49/2003, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE CONTRATACIÓN DE PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
wleg_pub - Comunidad de Madrid - madrid.org
- REAL DECRETO-LEY 3/2022, DE 1 DE MARZO “… DE MEDIDAS EXCEPCIONALES EN MATERIA DE REVISIÓN DE PRECIOS EN LOS CONTRATOS PÚBLICOS DE OBRAS”
BOE-A-2022-3290 Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo.
- PLIEGOS DE CONDICIONES. MODELOS
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- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: LEGISLACIÓN APLICABLE EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. EN CONCRETO, LA SIGUIENTE NORMATIVA CONSOLIDADA (U OTRA QUE LA SUSTITUYERA, LLEGADO EL CASO), LAS GUÍAS TÉCNICAS DE INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO QUE LAS DESARROLLA Y ASPECTOS CLAVE EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE APLICACIÓN.
- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales
- Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción
BOE.es - Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- CANAL DE ISABEL II:
- Normativa interna de Canal de Isabel II:
- Normas para redes de saneamiento
Normativa - Canal de Isabel II
- Canal de Isabel II:
o Misión, valores y retos estratégicos (Líneas estratégicas y planes).
o Ciclo integral del agua.
o III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.:
- Título II: Organización del Trabajo
- Título III: Clasificación Profesional
- Título VI: Seguridad y Salud Laboral
- Título IX: Régimen Sancionador.
Dosier de contenidos para procesos selectivos
· Prevención de Riesgos Laborales:
o Oficinas: MAN.016 (castellano) - M.S.S. Oficinas.pdf
o Seguridad Vial: Guía para la prevención del accidente laboral de tráfico
- ACTIVIDAD A DESARROLLAR
Las funciones principales del puesto son las siguientes:
- Garantizar el cumplimiento de la normativa legal en cuantas materias afecten a su ámbito de actuación.
- Velar por el cumplimiento y por la adopción de todas las medidas en materia de seguridad y salud que cada actividad requiera, tanto del personal propio como del externo, actuando en caso necesario como Recurso Preventivo.
- Redactar pliegos técnicos y administrativos para la contratación de empresas especializadas. tanto a nivel de elaboración documental como en SAP.
- Colaborar con los responsables del área, en la coordinación, gestión y control de los equipos humanos asignados.
- Realizar visitas periódicas a las instalaciones del área para controlar la explotación y mantenimiento de las EDAR, tanto en EDAR con personal propio como EDAR de Gestión Indirecta.
- Gestionar los contratos adjudicados del área a empresas externas, tanto de explotación como de mantenimiento y velar por el cumplimiento de los mismos.
Supervisar en coordinación con el responsable de la instalación, analizando y proponiendo modificaciones para la optimización de las instalaciones.- Velar por el cumplimiento de los Planes de Mantenimiento de cada una de las instalaciones asignadas, control de las operaciones de mantenimiento en programa MAXIMO o similar, colaborar en la realización del Plan de Control de Mantenimiento, etc.
- Organizar y realizar reuniones de coordinación de actividades empresariales.
- Velar por el cumplimiento de toda la normativa industrial reglamentaria a la que están sometidas las estaciones depuradoras de aguas residuales.
- Participar en el control presupuestario del área, mediante seguimiento de pedidos, suministros y servicios, análisis de ofertas técnico-económicas y supervisión de almacenes. Realización de pedidos y control presupuestario en SAP en caso necesario.
- Elaborar estudios e informes relacionados con la actividad.
- Planificar, organizar y dirigir las acciones y actividades de mantenimiento, conservación y control de explotación de las EDAR asignadas al área dentro de las mejores prácticas de la Ingeniería y de acuerdo con las políticas y objetivos de la Empresa, para conseguir garantizar la correcta prestación del servicio y la optimización de los procesos.
- Colaborar en la aplicación del Sistema de Gestión de la Calidad, Medio Ambiente y SST, y el cumplimiento de la normativa de PRL por los trabajadores adscritos a su Área, así como en las empresas contratadas para la realización de obras o servicios. La relación exhaustiva de tareas derivadas de esta responsabilidad está recogida en el documento de referencia "Descripción de tareas asociadas a las Funciones Generales de SST de Canal de Isabel II, S.A.M.P.
- Llevar a cabo el control y seguimiento de obras de mantenimiento y actuaciones urgentes en las EDAR del área.
- Actuar como recurso preventivo en las actuaciones que así lo exijan.
Y, en general, todas aquellas que se deriven del desempeño del puesto de trabajo
03 de septiembre de 2026
Isabel Pemau González
Directora de Recursos