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Bases para Enfermero/a especialista en enfermería del trabajo
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Bases Específicas
Enfermero/a especialista en enfermería del trabajo
Con el objetivo de garantizar la igualdad, mérito y capacidad en el acceso a Canal de Isabel II, S.A., M.P., se publican las presentes bases específicas que regirán el proceso selectivo para la cobertura del siguiente puesto:
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Puesto: Enfermero/a especialista en enfermería del trabajo |
Este proceso se desarrollará bajo la modalidad de concurso-oposición, conforme a la normativa vigente y a las bases generales, cuya publicación ha sido anunciada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Las bases específicas detallan los requisitos de participación, el perfil del puesto, el procedimiento de selección con la estructura de las pruebas, así como los criterios de valoración tanto en la fase de oposición como en la fase de concurso. Asimismo, se incluyen las disposiciones relativas a la presentación de solicitudes, plazos, documentación exigida, tribunal calificador, actividades a desarrollar, conocimientos necesarios y demás aspectos necesarios para garantizar la transparencia y objetividad del procedimiento.
La estructura de las bases específicas es la siguiente:
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y PERFIL DEL PUESTO
- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
- TRIBUNAL CALIFICADOR
- CONOCIMIENTOS NECESARIOS
- ACTIVIDAD A DESARROLLAR
La finalidad del proceso selectivo es incorporar profesionales cualificados que contribuyan al cumplimiento de los fines y objetivos de Canal de Isabel II S.A., M.P. (en adelante “Canal de Isabel II”, “Canal” o “Empresa”), asegurando la prestación de un servicio público eficiente y de calidad.
Como Canal de Isabel II, nuestro propósito es claro: “Cuidar el agua y garantizar un futuro sostenible para la Comunidad de Madrid”. Este compromiso guía cada una de nuestras decisiones y nos impulsa a ofrecer un servicio innovador, eficiente y responsable con las personas y el medioambiente
Somos conscientes de que el agua es un recurso vital y nuestra responsabilidad va más allá de su gestión. Nuestra labor tiene un impacto directo en la calidad de vida de las personas, en la preservación del medioambiente y en el desarrollo sostenible de la región.
Nuestros profesionales son la corriente de agua que impulsa nuestra misión.
¿Te animas a formar parte de Canal de Isabel II?
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y PERFIL DEL PUESTO
Podrán participar en el proceso selectivo aquellas personas candidatas que cumplan los requisitos mínimos que se establecen en las bases generales y en las presentes “Bases específicas”.
Quedarán excluidas del proceso selectivo las candidaturas que no cumplan alguno de los requisitos mínimos fijados en dichas bases generales o en estas bases específicas y, en particular, los que no acrediten la titulación requerida en el presente apartado.
Dichos requisitos deberán ser cumplidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la formalización del contrato.
Nombre del puesto: Enfermero/a especialista en enfermería del trabajo
Número de plazas:
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PROCEDIMIENTO |
PLAZAS |
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Nuevo ingreso |
1 |
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Total |
1 |
Jornada: La plaza se ajustarán a la jornada continuada de mañana de lunes a viernes.
Lugar de trabajo: Ámbito territorial de aplicación del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.
Retribución anual: A fecha de publicación de estas bases específicas, la retribución fija anual es de 44.045,74 €.
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GRUPO PROFESIONAL |
SUBGRUPO |
ÁREA FUNCIONAL |
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Titulados universitarios |
A |
Técnica |
Complementos variables adicionales (progresivos hasta un 23%*):
- Incentivo de productividad
- Complemento por desempeño
- Complemento por objetivos
*Se aplicarán conforme a lo establecido en el Título V “Retribuciones económicas” del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.
Titulación requerida: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:
- Diplomatura en enfermería o grado de enfermería y especialidad en enfermería del Trabajo vía EIR o similar
- Titulación equivalente o la homologación correspondiente
Carné de Conducir: Carné de conducir B en vigor
- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
- SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
La inscripción en el proceso selectivo se realizará conforme a lo indicado en las bases generales. Las personas candidatas presentarán su solicitud de participación a través de la página web de procesos selectivos de Canal de Isabel II, S.A., M.P.:
https://convocatoriascanaldeisabelsegunda.es
El plazo de admisión de solicitudes finaliza a las 23:59 horas del día 28 de abril de 2026, no admitiéndose ninguna solicitud posterior a dicha fecha. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la no admisión de la candidatura.
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- ADMISIÓN DE ASPIRANTES Y CONVOCATORIA DE PRUEBAS
Todos los aspirantes recibirán en su correo electrónico la confirmación de la inscripción en el proceso selectivo. En él, se les asignará su número de identificador de candidatura para los comunicados públicos que se hagan en las distintas fases del proceso.
Tal y como establecen las bases generales, una vez finalizado el plazo de inscripción, se revisará la documentación aportada por las personas candidatas para comprobar la acreditación de los requisitos, determinando el estado de cada candidatura. Tras esa revisión, se hará público a través de la web de procesos selectivos (en el apartado “CALENDARIO” del proceso selectivo en concreto) el listado provisional de admisión, donde se podrá comprobar el estado de la candidatura.
Si alguna de las personas interesadas no hubiera acreditado el cumplimiento de los requisitos o no figurase en el listado de admisión, dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación para subsanar, si procede, el defecto que haya motivado su exclusión a través de su “Área candidat@”.
Finalizado el plazo de subsanación de requisitos, se publicarán los listados de admisión con carácter definitivo.
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- FASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección constará de las siguientes fases, en el orden que se indica:
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FASES |
PUNTUACIÓN MÁXIMA |
CARÁCTER ELIMINATORIO |
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Ejercicio tipo test |
10 puntos |
Sí |
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Prueba teórico-práctica |
10 puntos |
Sí |
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Evaluación de potencial y competencias |
5 puntos |
Sí |
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Valoración de méritos |
5 puntos |
No |
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Total |
30 puntos |
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El lugar, día y hora de celebración del ejercicio tipo test y de la prueba teórico-práctica se publicará con una antelación mínima de siete días hábiles, pudiendo realizarse ambas pruebas de forma seguida en el mismo día.
- Ejercicio tipo test
Permitirá evaluar tanto los conocimientos teóricos generales relacionados con el puesto, como la aplicación de los mismos en el ejercicio profesional. Esta prueba será obligatoria para todas las candidaturas admitidas.
Tendrá carácter eliminatorio, valorándose en concordancia con el sistema de puntuación correspondiente. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (5 puntos) para superarla.
Consistirá en realizar un cuestionario tipo test que evaluará los conocimientos relacionados con los conocimientos mínimos requeridos, atendiendo a lo señalado en el apartado “conocimientos necesarios” de las bases específicas, y estará basada en la bibliografía facilitada en la misma para la preparación de la prueba. El cuestionario estará compuesto de 100 preguntas con 3 alternativas de respuesta y una sola respuesta correcta, en las que el sistema de puntuación será:
- Cada respuesta correcta será puntuada con 1 punto.
- Cada respuesta incorrecta penalizará 0,3.
- Las preguntas no contestadas no puntúan ni penalizan.
La puntuación del ejercicio se calculará mediante la siguiente fórmula:

Con carácter general, en el cuestionario test se incluirán 10 preguntas adicionales de reserva, ordenadas de la 101 a la 110, que servirán para sustituir, si procede, preguntas que pudieran ser anuladas (*).
* Cuando resulte necesario anular un número de preguntas superior al de las 10 preguntas de reserva establecidas, la calificación final de la prueba se obtendrá recalculando la puntuación en proporción al número de preguntas válidas restantes.
No obstante, si el número total de preguntas válidas fuese inferior a 80, el cuestionario se considerará nulo, quedando sin efecto los resultados obtenidos. En tal caso, se procederá a la realización de un nuevo ejercicio tipo test.
La duración máxima para la realización de este ejercicio será de 2 horas y 30 minutos. Al finalizar el examen, las personas candidatas conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la asistencia y la posterior comprobación de la realización del ejercicio.
Las candidaturas admitidas deberán presentarse en el lugar y hora publicados, siendo la no asistencia motivo de exclusión del proceso selectivo. Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia, pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico encendido (móvil, tableta, calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), considerando causa de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Tras la publicación del listado provisional de resultados de este ejercicio, las personas candidatas dispondrán de un plazo de dos días hábiles para presentar reclamaciones ante el tribunal calificador sobre las preguntas del ejercicio que consideren incorrectas. Las reclamaciones se presentarán siguiendo el modelo que será facilitado, y se enviarán mediante el apartado de reclamaciones que se habilitará durante ese periodo en el área de candidat@.
Ante las resoluciones del tribunal calificador se podrá reclamar en segunda instancia ante la dirección en el plazo de dos días hábiles. Durante este periodo sólo se admitirán reclamaciones sobre aquellas preguntas que hayan sido previamente reclamadas en primera instancia ante el tribunal calificador.
Todas las candidaturas aptas que superen esta fase del proceso selectivo deberán realizar las pruebas de evaluación de potencial y competencias.
- Prueba teórico-práctica
Permitirá evaluar la habilidad o destreza en el ejercicio profesional mediante la aplicación directa de los conocimientos, permitiendo valorar así la idoneidad de la candidatura en relación con las funciones a realizar en el puesto ofertado.
Tendrá carácter eliminatorio, valorándose en concordancia con el sistema de puntuación correspondiente. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (5 puntos) para superarla.
La prueba consistirá en la realización de una prueba o supuesto de carácter teórico‑práctico, que podrá incluir tanto preguntas a desarrollar como tareas de aplicación directa relacionadas con el temario recogido en las bases específicas. La persona candidata deberá desarrollar una respuesta fundamentada, justificando su elección y explicando las razones que la sustentan.
Tras la publicación del listado provisional de resultados de esta prueba, las personas candidatas dispondrán de un plazo de dos días hábiles para presentar reclamaciones sobre la prueba realizada ante el tribunal calificador. Las reclamaciones se enviarán mediante el apartado de reclamaciones que se habilitará durante ese periodo en el área de candidat@.
Si la persona reclamante solicitara al tribunal calificador el ejercicio realizado y la calificación obtenida, se le citará en un plazo de dos días hábiles para su revisión, teniéndosele por desistida en caso de no presentarse el día en que sea convocada.
Ante las resoluciones del tribunal calificador se podrá reclamar en segunda instancia ante la dirección en el plazo de dos días hábiles. Durante este periodo sólo se admitirán reclamaciones sobre aspectos que hayan sido previamente reclamados en primera instancia ante el tribunal calificador.
Si el ejercicio tipo test y la prueba teórico-práctica se realizasen de forma seguida en el mismo día, la publicación de los listados de resultados provisionales y los plazos de reclamación de ambas fases se unificarán de igual manera.
Todas las candidaturas aptas que superen esta fase del proceso selectivo deberán realizar las pruebas de evaluación de potencial y competencias.
- Evaluación de potencial y competencias
Se incluye esta evaluación para garantizar la correcta adecuación de las candidaturas por requerir el colectivo de especia responsabilidad, capacidad para el manejo de equipos o superior especialización.
Se establece, por tanto, una evaluación de potencial y competencias que constará de las siguientes fases:
- Prueba psicotécnica: consistirá en la realización de un cuestionario tipo test de evaluación de competencias. Dicho test será realizado mediante una plataforma externa especializada en el ámbito de los recursos humanos para la evaluación psicológica que permita asegurar que cuenta con las garantías técnicas de fiabilidad y validez.
- Entrevista personal: consistirá en la realización de una entrevista personal de evaluación de competencias. Dicha entrevista se realizará por profesionales formados en la materia de evaluación de personas.
Estas pruebas medirán el grado o nivel de desarrollo de las personas candidatas en las competencias establecidas para el perfil evaluado, según el nuevo modelo de competencias de Canal.
Ambas pruebas se realizarán de manera independiente, en distintos días y modalidades.
- Primero, se realizará la prueba psicotécnica de manera conjunta con todas las candidaturas que hayan superado las fases anteriores del proceso. La convocatoria a esta prueba podrá realizarse de manera unificada con otros procesos selectivos activos similares por causas organizativas. El día, lugar y hora de realización de la prueba se informará pertinentemente a las personas participantes mediante convocatoria oficial, siendo la no asistencia motivo de exclusión del proceso selectivo. La duración media de esta prueba se encuentra entre los 30 y los 60 minutos, no existiendo tiempo máximo.
- Posteriormente, se realizará la entrevista personal de manera individual a aquellas personas que hayan realizado la prueba psicotécnica. Esta entrevista tendrá la modalidad de entrevista semiestructurada por incidentes críticos. El día, lugar y hora de realización de la entrevista, así como la persona responsable de realizar la misma, se informará pertinentemente a las personas participantes mediante convocatoria oficial. Esta entrevista tendrá una duración máxima de 1 hora y media. La no asistencia el día y hora convocados conllevará la exclusión del proceso selectivo.
El resultado de la evaluación de potencial y competencias en su conjunto se calculará mediante la media de la puntuación obtenida en ambas fases. Esta evaluación será de carácter eliminatorio, siendo necesario obtener una puntuación del 50% para superarla. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 5 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (2,5 puntos) para superarla.
- Valoración de méritos
Esta valoración reconocerá la experiencia vinculada a las funciones propias del puesto convocado, asignando una puntuación tanto a la experiencia directamente relacionada con las funciones del puesto ofertado como a otras experiencias profesionales que puedan considerarse afines.
Se realizará únicamente sobre candidaturas vigentes y no tendrá carácter eliminatorio. La puntuación obtenida en esta fase se sumará a las anteriores, conforme al sistema de puntuación establecido. En este caso, esta fase tendrá un valor máximo de 5 puntos, no habiendo puntuación mínima al no ser eliminatoria.
La fecha a considerar para la valoración de méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes indicado en estas bases específicas. Los factores valorables son los siguientes:
- Experiencia profesional: Experiencia profesional en administraciones y entidades públicas o privadas siempre y cuando se hubieran desarrollado funciones análogas a las del puesto convocado: 0,05 puntos por mes completo trabajado, o la parte proporcional en los periodos inferiores al mes. (Máximo 3 puntos)
- Formación especializada:
- Curso especialista en Prevención de Riesgos Laborables 600 horas (1 punto)
- Curso de Operación de radiodiagnóstico (1 punto)
La experiencia profesional a valorar en el presente proceso selectivo será la siguiente:
- Experiencia como Enfermero/a ya sea como especialista en enfermería del Trabajo (realizando tareas de Vigilancia de la Salud), o como enfermero/a (realizando tareas asistenciales).
La acreditación de dicha experiencia profesional se realizará mediante la documentación relacionada en las bases generales. Esta documentación constará, generalmente, de (consultar el detalle de esta documentación a presentar en las bases generales):
- Informe de vida laboral actualizado.
- Currículum vitae.
- Certificado expedido por la empresa en la que se haya trabajado*.
* No será necesario acreditar (sí indicar en la solicitud) la experiencia obtenida en Canal de Isabel II por figurar ya en los archivos de la Empresa.
Esta documentación se solicitará únicamente a las personas candidatas que hayan superado el resto de las fases anteriores del proceso. Podrá adjuntarse a través del apartado de reclamaciones que se habilitará durante determinado periodo en el área de candidat@. De este periodo, las candidaturas vigentes serán informadas mediante correo electrónico y mediante su área de candidat@. No se admitirá documentación por ninguna otra vía que no sea la establecida a tal fin.
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- RESOLUCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO
Desde la finalización de la última fase del proceso selectivo se hará pública la relación de candidaturas aprobadas con indicación de las propuestas para cubrir las plazas vacantes convocadas, en un plazo no superior a diez días hábiles. Las plazas serán adjudicadas a los aspirantes que, sumadas las calificaciones de las diferentes pruebas superadas, hayan obtenido la mayor puntuación.
En caso de igualdad en las puntuaciones finales se aplicarán sucesivamente los criterios de desempate recogidos en el artículo 47.3 del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P., así como en las bases generales.
El destino de las plazas lo elegirán los aspirantes según el orden final del proceso selectivo y el número de plazas disponibles. No podrán proponerse más personas candidatas que plazas. La incorporación a los respectivos destinos se producirá en el plazo máximo de dos meses desde la publicación de la relación de candidaturas aprobadas propuestas para cubrir las plazas convocadas.
Esta incorporación se producirá en el grupo profesional, área funcional, subgrupo y puesto señalados en el perfil del puesto que se establece en las presentes bases.
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- LISTA DE ESPERA
Las candidaturas que, habiendo superado las diferentes pruebas, no tengan adjudicada plaza, pasarán a formar parte de una lista de espera, la cual será pública, y se comunicará al comité de empresa.
El orden ocupado en esta lista de espera lo determinará la puntuación obtenida en la resolución publicada del proceso selectivo.
Tendrá una vigencia de quince meses desde la publicación de la resolución del proceso selectivo y se utilizará para la cobertura de vacantes de igual grupo profesional e igual puesto de trabajo y especialidad que la vacante convocada.
Cada vez que se realice el aprovechamiento de esta lista de espera, se publicará el documento actualizado marcando el estado actualizado de la misma, permitiendo a las candidaturas conocer su posición.
Para poder acceder a las nuevas plazas ofertadas, las candidaturas en lista de espera deberán poseer los requisitos de participación en el momento de formalización del contrato.
- TRIBUNAL CALIFICADOR
El tribunal calificador que se encargará de la realización y evaluación de las pruebas del ejercicio tipo test y de la prueba de carácter teórico-práctico es el siguiente:
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TITULARES |
SUPLENTES |
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Presidente/a |
Mónica Plaza Sánchez |
Hanna Sánchez Gómez |
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Vocal |
Noemí Asensio Mayo |
Natalia Pérez Hidalgo |
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Vocal |
Pilar Zanuy Picañol |
María del Carmen Muñiz Bascuas |
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Vocal |
María Gema Callejo Garrido |
Pedro Luis Pérez Gutiérrez |
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Vocal |
Santos Luis Costales Rodríguez |
Elena de La Llave Rodríguez |
- CONOCIMIENTOS NECESARIOS
Se facilita la siguiente bibliografía recomendada (normativa, legislación, libros y páginas webs detalladas) en los conocimientos mínimos necesarios para preparar las pruebas del proceso selectivo:
• Los recogidos en el Anexo I de la Orden SAS/1348/2009, de 6 de mayo, por la que se aprueba y publica el
programa formativo de la especialidad Enfermería del Trabajo:
1. Conceptos generales:
Trabajo y salud. Determinantes de la salud de la población trabajadora. Sistema social repercusiones en la
salud de la población trabajadora. El trabajo y sus tipos. Relación entre trabajo y vida extralaboral. Panorama
mundial de la salud laboral. La salud de los trabajadores en situaciones especiales. La salud pública y la salud
laboral en España.
Bibliografía:
- Libro Blanco de la Enfermería del Trabajo. Consejo General de Enfermería / AET (2020).
- Manual de Enfermería del Trabajo. Asociación Española de Enfermería del Trabajo (AET), ed. 2022 o posterior.
- Organización Mundial de la Salud. (2010). Entornos laborales saludables: fundamentos y modelo.
Ginebra: OMS.
- Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Notas Técnicas de Prevención (NTP) sobre salud laboral y determinantes sociales.
- Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST): Guía Básica y General de Vigilancia de la Salud para la Prevención de Riesgos Laborales. Madrid, INSST:
- EU-OSHA (Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo). Directivas europeas sobre salud y seguridad en el trabajo.
2. Marco legislativo de la enfermería del trabajo: Marco legislativo de aplicación en la Enfermería del Trabajo. Directivas europeas en materia de salud laboral. Legislación española en materia de salud laboral
Bibliografía:
- Constitución Española (arts. 40.2 y 43).
- Ley 14/1986, General de Sanidad.
- Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención.
- Real Decreto 843/2011. Recursos Sanitarios de los Servicios de Prevención.
- Real Decreto 450/2005, especialidades de Enfermería.
- Orden SAS/1348/2009, programa formativo de Enfermería del Trabajo.
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
3. Técnicas de prevención de riesgos laborales.
3.1 Seguridad en el Trabajo. Concepto y definición de Seguridad. Técnicas de Seguridad. Investigación,
análisis y evaluación de accidentes. Norma y señalización en seguridad. Protección colectiva e individual.
Planes de emergencia y autoprotección. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos. Residuos
tóxicos y peligrosos. Seguridad vial.
3.2 Higiene Industrial:
a) Higiene Industrial. Concepto y objetivos.
b) Agentes químicos. Toxicología laboral.
c) Agentes químicos. Efectos, evaluación y control.
d) Agentes físicos. Efectos, evaluación y control.
e) Agentes biológicos. Efectos, evaluación y control.
f) Normativa legal específica.
3.3 Ergonomía. Concepto y objetivos. Condiciones ambientales en Ergonomía. Concepción y diseño del
puesto de trabajo. Carga física y mental de trabajo.
3.4 Psicosociología aplicada a la prevención. Concepto y objetivos. Factores de naturaleza psicosocial y
organizacional. Consecuencias de los factores psicosociales nocivos y su evaluación. Intervención psicosocial.
Bibliografía:
- Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (principios de acción preventiva).
- Real Decreto 485/1997, señalización de seguridad y salud.
- Real Decreto 1215/1997, utilización de equipos de trabajo.
- Real Decreto 773/1997, equipos de protección individual.
- Real Decreto 486/1997, 487/1997, 488/1997, 1215/1997, 773/1997, 614/2001, 665/1997, 664/199, 374/2001, 286/2006, 1311/2005, 393/2007, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud y protección de la salud y riesgos de los trabajadores.
- Real Decreto 393/2007, Norma Básica de Autoprotección.
- INSST. Manual 'Seguridad en el Trabajo'.
- INSST. Manual de Higiene Industrial.
- Notas Técnicas de Prevención (NTP) y Guías Técnicas del INSST
4. Promoción de la salud en el trabajo.
Promoción de la salud y prevención de la enfermedad. Promover
medidas de adecuación al puesto de trabajo de la población trabajadora sensible o con problemas de salud.
La promoción de la salud laboral y sus entornos. Estrategias de intervención en promoción de la salud en el
trabajo. Modelos de intervención en promoción de la salud laboral en la Comunidad. Educación para la salud
en el marco de la promoción de la salud. Participar en los programas de salud organizados por las instituciones sanitarias. Realizar campañas de prevención primaria.
Bibliografía:
- OMS. Promoción de la salud en el lugar de trabajo: manual para la acción.
- Red Española de Empresas Saludables (INSST).
- Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el SNS (Ministerio de Sanidad).
- NTP 914. Trabajador especialmente sensible (INSST).
5. Área asistencial.
5.1 Alteraciones de la salud y patologías de origen laboral:
a) Accidentes de trabajo.
b) Enfermedades profesionales.
c) Otros daños derivados del trabajo.
d) Toxicología.
e) Patologías laborales producidas por agentes químicos. Atención de enfermería.
f) Patologías laborales producidas por agentes físicos. Atención de enfermería.
g) Patologías laborales producidas por agentes biológicos. Atención de enfermería.
h) Patologías laborales producidas por factores psicosociales. Atención de enfermería.
i) Patologías laborales producidas por factores de organización. Atención de enfermería.
j) Patologías laborales músculo-esqueléticas. Atención de enfermería.
5.2 Área de la prevención y promoción de la salud en el lugar de trabajo. Concepto y objetivos. Exámenes
de salud. Realización de técnicas y procedimientos de métodos diagnósticos. Protocolos de Vigilancia
sanitaria específica. Historia clínico-laboral. Población trabajadora especialmente sensible.
Vacunaciones. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud.
5.3 Rehabilitación y readaptación laboral y social. Modelos y etapas de rehabilitación. Repercusiones
sociolaborales, psicológicas y económicas. Prevención de incapacidades.
5.4 Urgencias, emergencias y catástrofes en el lugar de trabajo. Soporte vital avanzado. Movilización y
evacuación de accidentados. Atención de enfermería ante situaciones laborales de urgencia y emergencias. Atención de enfermería ante catástrofes. Área legal y pericial.
Bibliografía:
- Real Decreto 1299/2006, cuadro de enfermedades profesionales (modificado por RD 257/2018).
- Guía de Enfermedades Profesionales. Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Protocolos de vigilancia sanitaria específica. Ministerio de Sanidad.
- Cruz Roja Española. Manual de primeros auxilios en el entorno laboral.
- Ruiz Frutos, C.; Gómez Salgado, J.; Marañón López, J. Enfermería del Trabajo y Salud Laboral. EnfoEdiciones.
- INSST. Enciclopedia práctica de Medicina del Trabajo. Madrid, 2018.
- Escuela Nacional de Medicina del Trabajo (ENMT). Atención de enfermería en patologías laborales. Instituto de Salud Carlos III, 2020. Escuela Nacional de Medicina del Trabajo. (2020). Atención de enfermería en patologías laborales. Instituto de Salud Carlos III.
- INSST. Guías técnicas para agentes químicos, biológicos, físicos, evaluación y prevención de riesgos laborales y actuación ante patologías laborales y Notas Técnicas de Prevención (NTP).
6. Área legal y pericial.
6.1 Incapacidad laboral e invalidez. Conceptos legales, tipos y grados. Secuelas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Valoración de la capacidad laboral del trabajador. Alta y baja, parte de accidente y enfermedad, documentación oficial. Cuantificación de las deficiencias y discapacidades. El sistema nacional de la seguridad social: Entidades gestoras y colaboradoras. Prestaciones. Tipos de contingencia y cobertura. Situaciones especiales.
6.2 Derecho sanitario y deontología en enfermería del trabajo. Derechos y deberes de los profesionales sanitarios. Derechos y deberes de los pacientes. Confidencialidad, documentación clínica y consentimiento informado. Normativa de protección de datos personales. Aspectos éticos y deontológicos en la práctica profesional de la Enfermería del trabajo. Responsabilidad profesional. Normativa y legislación sobre ordenación de las profesiones sanitarias.
Bibliografía:
- Real Decreto Legislativo 8/2015, Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Real Decreto 1300/1995, funciones del EVI en evaluación de incapacidades.
- Real Decreto 625/2014 y Real Decreto 1060/2022, gestión de incapacidad temporal.
- OMS. Clasificación Internacional del Funcionamiento, Discapacidad y Salud (CIF).
- Ley 41/2002, Autonomía del Paciente.
- Consejo General de Enfermería. Código Deontológico.
- Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
- Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula la notificación de accidentes de trabajo mediante el sistema Delt@.
- Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueba el procedimiento y los baremos para la determinación de la discapacidad.
7. Área de Gestión.
7.1 Aspectos generales de gestión. Introducción a conocimientos empresariales: Empresa, tipos de organización empresarial, contrato laboral. Gestión de recursos humanos y materiales. Organización del trabajo. Trabajo en equipo. Planificación estratégica. Derecho del trabajo. Sistemas de calidad en las organizaciones. Auditorías. Estudios, protocolos, evaluación de programas y guías de actuación para la práctica de enfermería del trabajo. Seguridad del producto. Prevención de riesgos patrimoniales y de incendio y planes de autoprotección.
7.2 Gestión medioambiental. Marco normativo medioambiental. Sistemas de gestión medioambiental. Gestión de residuos. Efectos medioambientales de la industria. Contaminación. Auditoría del sistema de gestión medioambiental.
7.3 Gestión de servicios de prevención. Marco normativo. Planificación de la actividad preventiva. Organización de la prevención. Modalidades de organización preventiva. Documentación y registro de la actividad preventiva. Sistemas de gestión de vigilancia de la salud. Calidad en los servicios de prevención. Auditoría en los servicios de prevención.
Bibliografía:
- Real Decreto 39/1997, organización de la prevención.
- ISO 45001:2018, sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
- ISO 14001:2015, gestión ambiental.
- INSST: Guías técnicas. Criterios técnicos de gestión de servicios de prevención (2019) / NTP 372: tratamiento de residuos sanitarios.
- https://www.insst.es/documentacion/material-tecnico/documentos-tecnicos/guia-para-la-gestion-preventiva-de-las-instalaciones-de-los-lugares-de-trabajo-ano-2019
- https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/11-serie-ntp-numeros-366-a-400-ano-1996/ntp-372-tratamiento-de-residuos-sanitarios
- Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Guías técnicas para la evaluación y prevención de riesgos laborales (agentes químicos, físicos y biológicos). Madrid, 2020.
- INSST. Guía técnica sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Madrid, 2009.
- INSST. Guía técnica para la utilización de equipos de protección individual. Madrid, 2013.
- INSST. Guía técnica para la utilización de equipos de trabajo. Madrid, 2014.
- INSST. Guía técnica para la protección frente al riesgo eléctrico. Madrid, 2016.
- INSST. Guía técnica para la evaluación y la prevención de los riesgos derivados de las atmósferas explosivas. Madrid, 2018.
- INSST. Guía técnica para la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Madrid, 2020.
- INSST. Guía técnica sobre el amianto. Madrid, 2020.
- INSST. Guía “Elaboración de medidas de emergencia y planes de autoprotección” (Ref. 2012 C-S-14).
- INSST. Manual de Higiene Industrial. Madrid, 2019.
- INSST. Seguridad en el Trabajo. Madrid, 2011.
- INSST. Guía “Seguridad vial en la empresa”. Madrid, 2021.
- INSST. Guía sobre residuos tóxicos y peligrosos. Madrid, 2020.
- INSST. NTP 372: Tratamiento de residuos sanitarios.
- INSST. NTP 1054: Gestión de residuos: clasificación y tratamiento.
- INSST. NTP 74, NTP 501 y NTP 779: Confort térmico y bienestar ambiental.
- INSST. NTP 295, NTP 323 y NTP 1011: Evaluación de la carga física y metabolismo energético.
- INSST. NTP 924 y NTP 1024: Investigación de accidentes de trabajo. Método del árbol de causas.
- INSST. NTP 552 y NTP 1017: Planes de emergencia interior y exterior.
- INSST. NTP 926 y guía PRIMA-EF: Factores de riesgo psicosocial y evaluación del estrés laboral.
- INSST. Aplicaciones y calculadores ergonómicos: manipulación manual de cargas, posturas forzadas y tareas repetitivas.
- INSST. Límites de exposición profesional para agentes químicos. Madrid, 2024.
8. Área de docencia e investigación.
8.1 Enfermería basada en la evidencia. Principales bases de datos específicas. Búsqueda de información relevante Fuentes de guías clínicas. Recursos bibliográficos. Lectura crítica de publicaciones científicas.
8.2 Estadística y epidemiología: a) Estadística. Concepto. b) Estadística descriptiva y analítica. c) Epidemiología laboral. d) Método epidemiológico. e) Sistemas de vigilancia epidemiológica.
Bibliografía:
- Bases de datos: PubMed, CINAHL, SciELO, Cochrane Library. (Conocer las bases existentes)
- Orts-Cortés MI., Práctica basada en la evidencia, Elsevier.
- Orts‑Cortés, M. I. (2021). Práctica basada en la evidencia (2.ª ed.). Barcelona: Elsevier España. ISBN: 978-84-9113-804-2
- Ministerio de Sanidad. Guías y programas de vigilancia epidemiológica y sanitaria.
9. Formación en protección radiológica:
En conformidad con lo establecido en la legislación vigente conocimientos básicos en protección radiológica ajustados a lo previsto en la Guía Europea «Protección Radiológica 116», en las siguientes materias.
a) Fundamentos de la radiobiología. Efectos biológicos de la radiación
b) Protección radiológica. Principios generales.
c) Control de calidad y garantía de calidad.
d) Legislación nacional y normativa europea aplicable al uso de las radiaciones ionizantes.
e) Protección radiológica operacional.
f) Aspectos de protección radiológica específicos de los pacientes.
g) Aspectos de protección radiológica específicos de los trabajadores expuestos.
Bibliografía:
- Real Decreto 1029/2022, protección frente a radiaciones ionizantes.
- Directiva 2013/59/EURATOM.
- Orden SCO/3276/2007, de 21 de noviembre, por la que se establecen los criterios de formación en protección radiológica del personal sanitario que utiliza radiaciones ionizantes (segundo nivel). BOE núm. 288, de 1 de diciembre de 2007.
- INSST – Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Guía de vigilancia radiológica personal. Madrid; 2021. Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. (2021). Guía de vigilancia radiológica personal. Madrid: INSST. Recuperado de https://www.insst.es/normativa/riesgos-fisicos/radiaciones/radiaciones-ionizantes
- CSN. Evaluación dosimétrica y vigilancia médica de los trabajadores expuestos. Madrid; 2022.
- CSN. Normativa y guías técnicas actualizadas sobre protección radiológica. https://www.csn.es. Guías de Seguridad (GS) - CSN. Cap.7: Protección radiológica: GS 07-01/GS 07-03/GS 07-05/GS 07-10, GS 1.1/GS 1.4/GS 1.5/GS 3.1/GS 3.2/GS 3.7/GS 3.9
- CSN – Consejo de Seguridad Nuclear. Manual práctico de protección radiológica operacional. Madrid: CSN; 2023. Cap. 4, 5, 6, 7, 8, 9,10, 11 y 12.
- Ministerio de Sanidad. Guía de protección radiológica del paciente en exposiciones médicas. Madrid; 2019. BOE-A-2019-15604: Real Decreto 601/2019, de 18 de octubre, sobre justificación y optimización del uso de radiaciones ionizantes en exposiciones médicas [boe.es]
Bibliografía General Común (Aplicable a todos los temas)
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Biblioteca digital, Guías Técnicas y Notas
Técnicas de Prevención (NTP). Disponible en: https://www.insst.es
- Ministerio de Sanidad. Portal de Salud Laboral. https://www.sanidad.gob.es
- Protocolos de Vigilancia sanitaria específica. Ministerio de Sanidad. https://www.sanidad.gob.es/areas/saludLaboral/guiasVigiTrabajadores/protocolosVigilancia/home.htm
- Organización Mundial de la Salud (OMS). https://www.who.int
- Manual de Enfermería del Trabajo. Asociación Española de Enfermería del Trabajo (AET), ed. 2022 o posterior.
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): https://www.seg-social.es
- Consejo General de Enfermería: https://www.consejogeneralenfermeria.org
- Organización Mundial de la Salud (OMS): https://www.who.int/es
Canal de Isabel II:
- Misión, valores y retos estratégicos (Líneas estratégicas y planes).
- Ciclo integral del agua.
- III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.:
o Título II: Organización del Trabajo
o Título III: Clasificación Profesional
o Título VI: Seguridad y Salud Laboral
o Título IX: Régimen Sancionador.
Dosier de contenidos para procesos selectivos
- Prevención de Riesgos Laborales:
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- ACTIVIDAD A DESARROLLAR
Las funciones principales del puesto son las siguientes:
• Colaborar en los Exámenes de Salud:
o Recoger de muestras biológicas.
o Realizar pruebas funcionales de apoyo diagnóstico
o Actualizar calendario de vacunación.
• Participar en la revisión y actualización de los Protocolos de Vigilancia Sanitaria Específica.
• Participar en el desarrollo de la Planificación Anual de la Actividad Preventiva y estudios epidemiológicos.
• Participar en campañas de prevención y promoción de la salud. Campañas de vacunación.
• Impartir docencia en cursos formativos en materia de educación sanitaria y cursos de Primeros Auxilios.
• Realizar la atención al trabajador accidentado. Primeras curas. Continuidad de los tratamientos y cuidados de enfermería.
• Llevar a cabo la atención sanitaria del trabajador y de urgencias y emergencias.
• Realizar rehabilitación. Manejo de equipos de rehabilitación.
• Llevar a cabo radiodiagnóstico.
• Revisar y dotar botiquines.
• Llevar a cabo el seguimiento de la verificación de los equipos de medida.
• Gestionar el stock de medicamentos y productos sanitarios.
• Colaborar en el seguimiento y control de Absentismo.
• Participar en la elaboración de la Memoria mensual y anual del Servicio Médico.
• Conocer la herramienta informática, como medio para desarrollar la actividad del Servicio
Médico.
• Gestionar residuos biosanitarios.
• Participar en la continuidad de la acreditación en OHSAS.
• Participar en el plan de calidad y gestión medioambiental de la Empresa.
• Participar en otras actividades relacionadas con la actividad asistencial y preventiva del Servicio Médico.
• Aplicar el Sistema de Gestión de la Calidad, Medio Ambiente y SST, y cumplir la normativa de PRL
en el desempeño de sus responsabilidades. La relación exhaustiva de tareas derivadas de esta
responsabilidad está recogida en el documento de referencia “Descripción de tareas asociadas a las
Funciones Generales de SST de Canal de Isabel II”.
• Cumplir la normativa legal en cuantas materias afecten a su ámbito de actuación.
• Actuará como recurso preventivo en las actuaciones que así lo exijan.
Y, en general, todas aquellas que se deriven del desempeño del puesto de trabajo
10 de abril de 2026
Isabel Pemau González
Directora de Recursos