Medio ambiente
Introducción Medio ambiente
Bases para Titulado/a Medio Ingeniero/a Técnico/a Obras Públicas
Bases Específicas: Titulado/a Medio Ingeniero/a Técnico/a Obras Públicas
Por la presente se convoca un proceso selectivo, para cubrir 3 puestos de Titulado/a Medio Ingeniero/a Técnico/a Obras Públicas en los términos anunciados en el BOCM de 19 de abril de 2023 y según lo acordado en la Comisión Paritaria de 2 de abril de 2025, en la que se acuerda seguir aplicando las bases que estaban vigentes durante el año 2023.
REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO:
Podrán participar en el proceso selectivo, aquellos candidatos que cumplan, los requisitos mínimos que se establecen en las bases generales y en las presentes “Bases específicas”.
Quedarán excluidos del proceso selectivo los candidatos que no cumplan algunos de los requisitos mínimos fijados en las bases generales o en la presente ficha y, en particular, los que no acrediten la titulación y experiencia requerida a que se hace referencia en el presente apartado.
Nombre del puesto: TITULADO MEDIO INGENIERO TÉCNICO OBRAS PÚBLICAS
Número de plazas:
PROCEDIMIENTO |
PLAZAS |
Turno Libre |
3 |
Total plazas |
3 |
Jorrnada: Las plazas se ajustarán a la jornada continuada de mañana de lunes a viernes.
Lugar de trabajo: Ámbito territorial de aplicación del II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A.
Retribución anual A fecha de publicación de estas bases específicas, la retribución fija anual es de 37.275,00€.
GRUPO PROFESIONAL |
SUBGRUPO |
ÁREA FUNCIONAL |
Titulado Universitarios |
B |
Técnica |
Complementos variables adicionales (hasta un máximo de un 11,5%* del salario del puesto):
- Incentivo de productividad
- Complemento por desempeño
*Se aplicarán conforme a lo establecido en el II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A
Titulación requerida: Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones:
- Ingeniero/a técnico/a de obras pública, titulación equivalente o la homologación correspondiente.
- Grado en Ingeniería Civil, titulación equivalente o la homologación correspondiente.
Experiencia requerida: Poseer experiencia mínima demostrable de 18 meses como Titulado/a Medio, Ingeniero/a Técnico/a Obras Públicas en el ámbito de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento, saneamiento, depuración o reutilización, realizando funciones de explotación y gestión de las mismas; haber colaborado en la planificación, elaboración de estudios y redacción de proyectos y ejecución de obras de las citadas instalaciones, así como en los estudios de planificación urbanística o en la realización de proyectos de I+D+I. Únicamente se considerarán aquellas experiencias profesionales en las que conste que se haya cotizado en el grupo de cotización 02
Carné de Conducir: Carné de conducir B en vigor.
El proceso se ajustará a lo establecido en las bases generales.
1º.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Los candidatos presentarán su solicitud de participación a través de la página web de Canal de Isabel II, S.A.: www.canaldeisabelsegunda.es, en el apartado Empleo.
La inscripción en el proceso selectivo se realizará conforme a lo indicado en las bases generales.
El plazo de admisión de solicitudes finaliza a las 23:59 horas del día 20 de junio de 2025, no admitiéndose ninguna solicitud posterior a dicha fecha. La no presentación de la solicitud en tiempo y hora supondrá la exclusión del aspirante.
2 º.- ÓRGANO DE SELECCIÓN:
El Órgano de Selección designado para la evaluación y corrección de las pruebas estará compuesto por los siguientes miembros:
|
TITULARES |
SUPLENTES |
Presidente/a |
Natalia Flores Cernadas |
Hanna Sánchez Gómez |
Vocal |
Ana Belén Aranda Rojas |
Paula Gonzalez Laynez |
Vocal |
Ruth Ortega Cosío |
Antonio Vizcaino Plaza |
Vocal |
María García Morena |
Pedro Isidro Olmos |
Vocal |
Eduardo García del Amo |
Alejandro Ayuso Sala |
3º.- PRUEBAS
La puntuación global máxima que podrá obtenerse en el proceso de selección será de 10 puntos:
FASES |
PUNTUACIÓN MÁXIMA |
CARÁCTER ELIMINATORIO |
Teórico-prácticas |
10 puntos |
Sí |
Evaluación de potencial y competencias |
5 puntos |
Sí |
Total |
15 puntos |
|
4º.- PRUEBA TEÓRICA/PRÁCTICA
Se realizará prueba teórica/práctica para evaluar si los candidatos cuentan con los conocimientos, así como la habilidad o destreza en el ejercicio profesional necesarios para el adecuado desempeño del puesto de trabajo, atendiendo a lo señalado en los apartados “Conocimientos necesarios” y “Actividad a desarrollar”, de las bases específicas.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio y será obligatoria para todos los aspirantes, consistirá en realizar un cuestionario tipo test, compuesto de 100 preguntas con 3 alternativas de respuesta y una sola respuesta correcta. Cada respuesta correcta será puntuada con 1 punto, las incorrectas penalizarán 0,33333333 puntos. Las preguntas no contestadas no puntúan ni penalizan. Con carácter general, en el cuestionario test se incluirán 10 preguntas adicionales de reserva, ordenadas de la 101 a la 110 que servirán para sustituir, si procede, preguntas que pudieran ser anuladas.
La duración máxima para la realización de esta prueba será de 2 horas y 30 minutos.
La puntuación máxima de estas pruebas una vez ponderados los resultados en base 10 será de 10 puntos y para superarlas los candidatos deberán obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
Los candidatos que opten a la realización de las pruebas teórico-prácticas, deberán presentarse en el lugar y hora publicados. Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia, pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico (móvil, tableta, calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), considerando causa de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Al finalizar el examen, los candidatos conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la asistencia y la comprobación de la realización del ejercicio.
La no asistencia a la prueba será motivo de exclusión del proceso selectivo.
Tras la publicación del listado provisional de resultados de la prueba teórico-práctica, los candidatos dispondrán de un plazo de 2 días hábiles para presentar reclamaciones sobre las preguntas del examen que consideren incorrectas. Las reclamaciones deberán enviarse al órgano de selección a través del correo electrónico: seleccion@canal.madrid.
Una vez concluido este primer plazo y resueltas las reclamaciones, se abrirá en segunda instancia un plazo de 2 días hábiles durante el cual los aspirantes podrán presentar reclamaciones ante la Dirección, exclusivamente a través del correo: direccionrecursos_bg@canal.madrid. Durante este periodo, sólo se admitirán reclamaciones sobre aquellas preguntas que hayan sido previamente reclamadas en primera instancia ante el órgano de selección.
5º. EVALUACIÓN DE POTENCIAL Y COMPETENCIAS
Esta prueba permitirá evaluar el potencial y competencias de los candidatos para valorar su adecuación al puesto. Adoptarán con carácter general la forma de una entrevista de evaluación y se realizarán por técnicos cualificados en esta materia. Su valoración máxima será de 5 puntos y tendrá carácter eliminatorio, por lo que será necesario obtener una nota mínima de 2,5 puntos.
6º.- RECONOCIMIENTO MÉDICO
El puesto convocado se encuentra incluido entre los que están expuestos a riesgos de especial intensidad, por lo que según lo previsto en el artículo 48 del I Convenio Colectivo de Canal de Isabel II y lo señalado en el punto 2.3.5 de las bases generales de la convocatoria, con carácter previo a la contratación del aspirante ya seleccionado, éste deberá someterse a un reconocimiento médico que declare su aptitud para el puesto mediante las pruebas que al efecto sean necesarias y que llevará a cabo el Servicio Médico de la empresa.
CONOCIMIENTOS NECESARIOS:
Se facilita la siguiente normativa, legislación, libros y páginas webs detalladas en los conocimientos mínimos necesarios para preparar la prueba de conocimientos.
- Prevención de Riesgos Laborales:
-
- Legislación aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, ya sea en obras de construcción mantenimiento, servicios asociados o en fase de explotación.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención Riesgos Laborales
- Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción
- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo
- Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
- Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización
- Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
- Legislación aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, ya sea en obras de construcción mantenimiento, servicios asociados o en fase de explotación.
-
- Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid
- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid
- Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid
-
- Legislación ambiental y de gestión de residuos:
- Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron, En la Comunidad de Madrid es de aplicación la Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid).
- Ley 21/2013 de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
- Resolución de 10 de julio de 2006, de la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad, por la que se declaran las Zonas Sensibles en las Cuencas Hidrográficas Intercomunitarias.
- Real Decreto 840/2015 de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
- Acuerdo de 31 de julio de 2000 de la Comunidad de Madrid Condicionado Ambiental relativo a la fase de explotación de todas las instalaciones de depuración incluidas en el ANEJO I.
- Decreto 2922/1975, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para el servicio y distribución de las aguas del Canal de Isabel II.
- Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid
- Legislación ambiental y de gestión de residuos:
-
- Ley 10/1993 de 26 de octubre de la Comunidad de Madrid sobre vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento. Real Decreto Ley 11/1995 de 28 de diciembre por el que se establecen normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas
- Real Decreto 509/1996 de 15 de marzo de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995 de 28 de diciembre por el que se establecen normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.
- Real Decreto 2116/1998 de 2 de octubre por el que se modifica el Real Decreto 509/1996 de 15 de marzo de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995 de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.
- Decreto 170/1998 (Madrid), de 1 de octubre, sobre gestión de las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de Madrid.
- Decreto 57/2005, de 30 de junio, por el que se revisan los Anejos de la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento.
- Real Decreto 1085/2024, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de reutilización del agua y se modifica diversos reales decretos que regulan la gestión del agua.
- Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
- Real Decreto 902/2018, de 20 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, y las especificaciones de los métodos de análisis del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y a aguas de manantial envasadas para consumo humano, y del Real Decreto 1799/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano.
- Plan Hidrológico del Tajo
- Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
- Reglamento Dominio Público Hidráulico
- Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
- Modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 9/2008, de 11 de enero)
- Ordenes de 13 de marzo de 1989 y de 28 de Junio de 1991, y modificada por la Orden de 25 de Mayo de 1992.Real Decreto 995/2000 por el que se fijan objetivos de calidad para determinadas sustancias contaminantes y se modifica el reglamento de dominio público hidráulico, aprobado por R.D. 849/1986 de 2 de junio
- Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos preliminar, I, IV, V, VI y VII, de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
- Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril; el Reglamento de la Administración Pública del Agua, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio; y el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
- Real Decreto 670/2013, de 6 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en materia de registro de aguas y criterios de valoración de daños al dominio público hidráulico.
- Autorizaciones de vertido de las EDAR emitidas por la Confederación Hidrográfica del Tajo
Sección III. Medidas para la protección del estado de masas de agua, del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir,Ceuta,Melilla, Segura y Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
- Legislación sobre la contratación pública y la referente a la contratación de los sectores del agua y energía
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).
- Real Decreto-Ley 3/2020.
- Real Decreto 1359/2011.
- Ley 32/2006 o Real Decreto 1098/2001
- Normativa interna de Canal de Isabel II: Normativa técnica
- Normas para redes de abastecimiento. Versión 4/2021
- Normas para redes de saneamiento. Versión 3/2020
- Normas para redes de reutilización. Versión 2/2020
- Conocimiento de la reglamentación industrial (almacenamiento productos químicos, equipos a presión, antiincendios).
- Real Decreto 337/2014 de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
- Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.
- Conocimientos del Ciclo Integral del Agua en planificación, proyectos, obra y explotación:
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- Hidráulica e Hidrología
- Hidrostática e Hidrodinámica. Cálculo hidráulico de tuberías. Resalto hidráulico. Desagües y vertederos
- Hidrología: Ciclo hidrológico, magnitudes y mediciones hidrológicas. Aforos. Balance. Aportaciones.
- Avenidas. Regulación. Garantía.
- Hidráulica e Hidrología
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- Captación, tratamiento, aducción, regulación y distribución
- Captaciones de aguas subterráneas y captaciones de aguas superficiales.
- Conocimientos en la operación de Estaciones de tratamiento de agua potable: Explotación. Tipos de tratamiento. Procesos. Elementos
- Canales y conducciones en carga Impulsiones
- Depósitos de agua
- Redes de distribución
- Captación, tratamiento, aducción, regulación y distribución
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- Saneamiento y depuración:
- Redes de alcantarillado
- Colectores y emisarios
- Impulsiones de agua residual
- Tanques de laminación y de tormenta
- Estaciones de depuración de agua residual
- Explotación y mantenimiento de EDAR.
- Condiciones de vertido y reutilización.
- Tratamientos terciarios
- Redes y depósitos de agua regenerada
- Saneamiento y depuración:
- Prevención de Riesgos Laborales:
- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización
- Funciones y responsabilidades de Recurso preventivo.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención Riesgos Laborales (LPRL) y la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
- RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de prevención (RSP).
- En relación a las obras de construcción, se encuentran recogidas en la Disposición adicional decimocuarta de la Ley 31/1995, la Disposición Adicional Décima del RD 39/1997, y el RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
- II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A.M.P.:
- Título II: Organización del Trabajo
- Título III: Clasificación profesional
- Título VI: Seguridad y Salud Laboral
- Título IX: Régimen Sancionador
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-3895
- Misión; Valores; Retos Estratégicos (Líneas estratégicas y Planes).
- El Canal y el Ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid (Captación, Tratamiento, Distribución, Saneamiento, Calidad de las Aguas).
El Ciclo Integral del Agua en la Comunidad de Madrid
BIBLIOGRAFÍA RECOMENDADA:
Además de la normativa, legislación y páginas webs detalladas en los conocimientos mínimos necesarios, se facilita la siguiente bibliografía para preparar la prueba de conocimientos:
- Ramirez Quirós. Tratamiento de desinfección del agua potable. Editorial Canal de Isabel II
- Arboleda Valencia. Teoría y práctica de la purificación del agua. Editorial Mc Graw Hill.
- Manual Técnico del Agua. Degrémont.
- Manual de bombeo de Grundfos
- Aguilar,Mc; Saez, J; Llorens, M; Soler, A; Ortuño, J F: Tratamiento Físico-Químico de aguas residuales: Coagulación-Floculación
- METCALF & EDDY: Ingeniería de aguas residuales
- Manual CEDEX Guía técnica sobre tuberías para el transporte de agua a presión
- Manual CEDEX Guía técnica sobre redes de saneamiento y drenaje urbano
ACTIVIDAD A DESARROLLAR:
Las funciones principales del puesto son las siguientes:
- Garantizar el cumplimiento de la normativa legal en cuantas materias afecten a su ámbito de actuación.
- Gestionar de manera adecuada las personas y los recursos materiales, económicos y logísticos asignados.
- Velar por el cumplimiento y por la adopción de todas las medidas en materia de seguridad y salud que cada actividad requiera.
- Colaborar en la redacción de los pliegos técnicos y administrativos para la contratación de empresas especializadas.
- Colaborar en el análisis y valoración de las ofertas en los procesos de licitación.
- Colaborar/gestionar los contratos con empresas colaboradoras y velar por el cumplimiento de los mismos.
- Colaborar en la planificación, la elaboración de estudios, la redacción de proyectos y la ejecución de las obras a realizar en instalaciones existentes o de nueva planta, relacionadas con el ciclo integral del agua.
- Colaborar en la puesta en marcha hasta alcanzar su puesta a régimen de las instalaciones adscritas a su servicio.
- Gestionar la conservación y explotación de las instalaciones adscritas, optimizando su funcionamiento, tanto funcional como energéticamente.
- Planificar, coordinar y dirigir en las instalaciones asignadas, los mantenimientos preventivos, correctivos, predictivos, metrológicos y reglamentario de cada equipo.
- Realizar propuestas, estudio y ejecución de mejoras en las instalaciones adscritas.
- Supervisar la correcta aplicación de las Normas Técnicas.
- Dirigir con los medios asignados la puesta en marcha hasta alcanzar su puesta a régimen de las instalaciones adscritas a su servicio.
- Redactar y revisar las Normas para el diseño y construcción de redes y Especificaciones Técnicas de productos, así como elaboración de documentos de referencia para la redacción de proyectos.
- En caso de aplicar, realizar las tareas de retén
- Realizar informes sectoriales al planeamiento urbanístico.
- Actuará como Recurso Preventivo en las actuaciones que así lo exijan.
Y, en general, todas aquellas que se deriven del desempeño del puesto de trabajo
Fecha 10/06/2025
Isabel Pemau González
Directora de Recursos